Una mexicana con residencia legal en EE.UU. vuelve a arriesgar la deportación por droga hallada en su auto
La Junta de Apelaciones de Inmigración reabrió el caso de una mujer con green card a la que le encontraron 94 kilos de metanfetamina escondidos en el vehículo al cruzar desde México hacia Arizona.

Tener residencia legal en Estados Unidos no alcanza para blindarse de una deportación si un control fronterizo encuentra droga en el auto, aunque no haya condena penal de por medio. Eso quedó confirmado esta semana en el caso de una mujer mexicana con green card a la que un tribunal de apelaciones migratorias le reabrió el proceso de expulsión, después de que un juez ya lo había cerrado a su favor.
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, según sus siglas en inglés) emitió el fallo el 26 de octubre, en la causa identificada como Matter of Carol Y. Ozuna Mendoza, y así dejó sin efecto la resolución que el 1° de octubre de 2025 había dado por cerrado el expediente. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) había apelado esa decisión y ahora logró que el caso vuelva al tribunal de inmigración para seguir su curso, según informó lanacion.com.ar (enlace original).
Todo arrancó el 22 de junio de 2025, cuando la mujer volvía de México con sus tres hijos y cruzó por el paso de Nogales, Arizona. En una inspección secundaria, agentes de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) desarmaron las puertas y los paneles traseros del vehículo y hallaron 193 paquetes con 208 libras —unos 94 kilogramos— de metanfetamina, además de US$ 7886 y $8740 pesos mexicanos en efectivo.
Ella sostuvo que no sabía nada de la carga: dijo haberle prestado el auto a una amiga mientras hacía trámites personales, la figura que en la jerga migratoria se conoce como "mula ciega", alguien que transporta narcóticos sin saberlo. El juez migratorio le creyó esa versión y cerró el caso.
La BIA revisó el expediente y encontró otra cosa: la mujer había dado tres explicaciones distintas sobre qué hizo con el auto esas horas —un lavado detallado de ocho horas, un préstamo de cuatro horas y media a una amiga para hacer compras, y una tercera versión con un lavadero y seis horas— sin aclarar nunca la contradicción. Con el dinero pasó algo parecido: primero dijo que venía de la venta de tamales, después presentó un recibo que lo atribuía a la venta de un camión de su pareja. Para la Junta, ninguna de las dos explicaciones quedó probada, y sumó que la mujer evitó responder preguntas sobre su conocimiento de la droga y que reconoció vínculos con personas ligadas al narcotráfico.
El fallo se apoya en la sección 212(a)(2)(C)(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que permite declarar inadmisible a quien regresa de un viaje si existen motivos fundados para creer que participó a sabiendas en tráfico de drogas: no exige condena ni confesión, sólo pruebas suficientes. Que la BIA haya reabierto el expediente no equivale a una orden de deportación: el caso vuelve ahora al tribunal migratorio, que deberá resolver si, con las contradicciones señaladas, hay fundamento para expulsarla. La diferencia con otros procesos penales es justamente esa: alcanza con motivos fundados para creer que hubo tráfico consciente de drogas, sin que medie condena ni confesión, para poner en juego una residencia legal ya otorgada.
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