Tras la fuga de "Conejo" Martínez, la Procuración endureció el criterio para pedir prisión preventiva
El procurador García Castiella firmó la Resolución 1770: los fiscales de toda la provincia deberán medir con más rigor el riesgo de fuga y de entorpecimiento en causas con organizaciones criminales.

La Procuración General de Salta fijó nuevas pautas para que los fiscales penales de la provincia midan con más rigor los dos riesgos que suelen decidir si una persona investigada espera el juicio en libertad o detenida: que se escape y que meta mano en la investigación. La instrucción alcanza a todos los fiscales penales de Salta y apunta en particular a los expedientes donde detrás del hecho aparece una organización criminal.
La medida lleva la firma del procurador general Pedro García Castiella y quedó formalizada en la Resolución N.º 1770. Se conoció en la misma semana en que el exintendente de Aguas Blancas, Carlos "Conejo" Martínez, fue buscado después de una serie de procedimientos en el marco de una causa federal.
El punto de partida del texto es una diferencia práctica: una estructura criminal no se parece a un imputado que responde solo. Puede tener dinero, reparto de tareas y contactos que allanen una huida o que permitan torcer un expediente desde afuera. Por eso la resolución pide a los fiscales mirar de qué recursos económicos dispone el grupo, cómo se reparten las funciones entre sus integrantes, qué vínculos los unen y con qué redes de apoyo cuentan.
La Procuración aclaró que ninguno de esos elementos alcanza por sí solo ni se aplica como una fórmula: hay que leerlos a la luz de las circunstancias de cada causa.
El otro riesgo: que la causa se ensucie
El segundo eje de la resolución es el entorpecimiento de la investigación. Los fiscales deberán prestar atención a la capacidad de una organización para presionar, amenazar o intimidar a víctimas y testigos, y evaluar si existen posibilidades concretas de influir sobre declaraciones o de condicionar la colaboración de quienes están relacionados con el expediente.
El texto también contempla la hipótesis de que integrantes de una estructura criminal usen sus contactos o su capacidad operativa para ocultar, modificar o destruir pruebas, y para coordinar entre sí las versiones que van a dar los investigados.
Cuando aparezcan elementos concretos que acrediten esos riesgos y las medidas menos severas no resulten suficientes, los fiscales deberán pedir la prisión preventiva ante el juez competente, con los fundamentos a la vista.
No es una detención automática
La resolución marca un límite explícito en el otro sentido: que alguien esté investigado por su posible vínculo con una organización criminal no implica que deba quedar detenido. Cada situación tendrá que evaluarse por separado, según la participación que se le atribuya a la persona y los riesgos que efectivamente se puedan demostrar.
Otro punto fija que el análisis no se agota en la primera decisión judicial. Los fiscales tendrán que mantener actualizada la evaluación de los riesgos procesales mientras la causa avanza y atender cualquier cambio que modifique la capacidad del grupo para interferir en el proceso. También deberán revisar las resoluciones vinculadas con medidas cautelares y promover impugnaciones cuando entiendan que hay fundamentos jurídicos para hacerlo.
Desde el Ministerio Público Fiscal señalaron que la intención es ordenar criterios de actuación que tengan en cuenta las particularidades de la criminalidad organizada, y evitar que las estructuras económicas o logísticas de esos grupos terminen sirviendo para esquivar a la Justicia.
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