Salta puso en marcha el derecho a saber: reglamentó el acceso a la información pública
Mediante un decreto, la Provincia activó formalmente el régimen de transparencia y designó a la Secretaría de Modernización como autoridad de aplicación.

Mediante un decreto, la Provincia activó formalmente el régimen de transparencia y designó a la Secretaría de Modernización como autoridad de aplicación.
El Gobierno de la Provincia de Salta dio un paso clave en materia de transparencia institucional al reglamentar el acceso a la información pública, a través del Decreto Nº 35, publicado este lunes 2 de febrero en el Boletín Oficial. La norma pone en funcionamiento efectivo un derecho que ya estaba reconocido por ley, pero que hasta ahora carecía de reglamentación provincial.
Con esta medida, Salta adhirió formalmente a los Decretos Nacionales Nº 206/2017 y Nº 780/2024, reglamentarios de la Ley Nacional Nº 27.275, en el marco de la Ley Provincial Nº 8.173, sancionada oportunamente para incorporar ese régimen al ámbito local.
Según los fundamentos del decreto, el objetivo central es garantizar el ejercicio real del derecho ciudadano a acceder a la información pública, promoviendo la transparencia de los actos de gobierno y fortaleciendo la confianza en las instituciones del Estado.
La norma designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Modernización y Servicios Públicos, o al organismo que en el futuro la reemplace dentro del Poder Ejecutivo. Además, aclara que todas las referencias a organismos nacionales previstas en la normativa deberán interpretarse, en el ámbito provincial, como correspondientes a los organismos locales competentes.
Hasta tanto se complete el proceso de digitalización del sistema, las solicitudes de acceso a la información deberán presentarse por escrito y en formato papel, cumpliendo los requisitos establecidos por la ley. El decreto también habilita a los ciudadanos a recurrir directamente a la Justicia contencioso administrativa frente a decisiones que restrinjan o denieguen el acceso, sin necesidad de agotar previamente la vía administrativa.






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