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Maltrato animal en Salta: qué pena fija la ley y qué cambia con la Ley Lola

La bronca por la muerte de "Negrita" puso en circulación una pregunta: cuánto castiga hoy la crueldad contra un animal. La norma nacional que rige es de 1954 y su tope es de un año. En la Legislatura salteña ya tiene aprobación de Diputados un proyecto que endurece las sanciones provinciales.

Por Salta News
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Palacio de la Legislatura de la provincia de Salta
Palacio de la Legislatura de Salta, donde se tramita el proyecto que endurece las penas por maltrato animal. Imagen ilustrativa. · Foto: YAPURA MARIA / Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0)

La muerte de "Negrita", la perra de 13 años atacada en barrio Villa Chartas, dejó en la conversación salteña una pregunta que excede al caso: qué castigo prevé la ley para quien maltrata a un animal. La respuesta corta es que el castigo es bajo, y que eso no depende de los jueces de Salta sino de una norma nacional escrita hace más de setenta años.

Una ley de 1954 con tope de un año

El texto que rige el maltrato y la crueldad contra los animales en todo el país es la ley 14.346, sancionada en 1954. Prevé prisión de quince días a un año para quien someta a un animal a sufrimientos innecesarios, lo torture o lo mate.

Ese tope es el nudo del problema. Con un máximo de doce meses, y tratándose de una persona sin antecedentes penales firmes, la condena queda en el terreno de la ejecución condicional: incluso una sentencia que declare la culpabilidad no se traduce en el ingreso a una unidad penitenciaria. De ahí la distancia que suele abrirse entre la reacción social frente a un caso de crueldad y lo que después puede hacer un tribunal.

Qué puede hacer la provincia

Salta no puede modificar la escala penal, que es materia del Congreso. Lo que sí está en sus manos es el Código Contravencional provincial, la ley 7.135, que hoy contempla multas, trabajos comunitarios y sanciones administrativas para los casos de maltrato.

Sobre ese margen avanza el proyecto conocido como "Ley Lola", bautizado así por la perra que murió el 29 de julio de este año tras ser atropellada en el microcentro salteño. La iniciativa, impulsada por los legisladores Frida Fonseca y Esteban Amat, obtuvo el 12 de agosto la aprobación por unanimidad de la Cámara de Diputados.

El proyecto fija penas de hasta sesenta días de arresto, o su equivalente en horas de trabajo comunitario cumplidas junto a organizaciones de protección animal. Alcanza a quien abandone de manera deliberada a un animal bajo su cuidado, a quien no le garantice comida, agua, refugio o la atención veterinaria indispensable, a quien lo mantenga en condiciones de higiene deficientes y también a quien atropelle a un animal y se retire sin dar aviso a la autoridad. Además prevé la creación de un registro de infractores, para que una sanción por maltrato deje antecedente.

Para convertirse en ley, el proyecto necesita todavía el tratamiento de la Cámara de Senadores provincial.

Por qué el caso de "Negrita" no se mide con esa vara

El expediente que conmovió a Salta, en cambio, no terminará en una pena. Según explicó la abogada Carmen Céspedes, en la audiencia por el ataque a la perra se resolvió una medida de seguridad definitiva: la internación del agresor en el hospital de salud mental Miguel Ragone, al haber sido declarado inimputable en los términos del artículo 34 del Código Penal. Los alcances de esa figura, y por qué no equivale a quedar en libertad, están explicados en qué significa ser inimputable en un caso como este.

La perra murió días después, y la marcha que se había convocado por justicia terminó siendo un velorio en Villa Chartas. Es ese desenlace el que empujó a las agrupaciones proteccionistas a insistir con un reclamo que las sanciones provinciales no pueden saldar por sí solas: una reforma nacional que tipifique la crueldad animal con prisión efectiva.

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