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Salta

Ratifican la cesantía de la obstetra por el dramático nacimiento en la vereda del Hospital Papa Francisco

El Ministerio de Salud Pública rechazó el recurso de reconsideración presentado por la profesional implicada en el aberrante episodio de 2023, consolidando la sanción más severa del Estatuto de la Carrera Sanitaria ante un caso emblemático de violencia obstétrica.

Por Salta News
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hospital papa francisco

La puerta quedó definitivamente cerrada para los intentos de defensa de la obstetra Vanesa Analía Achával, luego de que el ministro de Salud Pública, Federico Mangione, firmara el rechazo a su recurso y dejara en firme la sanción de cesantía. La medida administrativa corona un proceso disciplinario inexorable derivado de uno de los episodios más conmocionantes de la salud pública salteña, ocurrido el 19 de enero de 2023, cuando las puertas del Hospital Papa Francisco se convirtieron en el escenario de una negligencia inaceptable que quedó grabada a fuego en la memoria colectiva a través de videos viralizados en las redes sociales.

Aquel día, la paciente Fernanda Lucrecia Romero atravesó un calvario intolerable al ser abocada a un parto a término sin la contención ni la atención profesional adecuada, lo que derivó en que su hijo naciera de manera improvisada y violenta sobre el suelo de la vía pública, sufriendo golpes directos y graves complicaciones de salud. El trauma no fue menor para la madre, quien debió afrontar severos daños internos, infecciones generalizadas y una posterior intervención quirúrgica debido a las secuelas del abandono institucional padecido. Los informes recopilados en el expediente —nutridos por la documentación probatoria, los dictámenes del asesor legal del centro médico y los propios dichos de la acusada— no dejaron margen para la duda, endilgándole a la médica la responsabilidad principal de una cadena de omisiones que pulverizó cualquier atisbo de ética profesional.

Con esta resolución, la cartera sanitaria envía una señal de intransigencia frente a prácticas que vulneran abiertamente la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y la normativa de Parto Humanizado, consolidando un marco de exigencia donde el trato deshumanizador y la patologización de los procesos naturales ya no encuentran refugio en la corporación médica. Lejos de quedar como un hecho aislado diluido en el tiempo, la ratificación de esta pena máxima no solo castiga la impericia y la crueldad de un accionar negligente, sino que erige un muro de contención institucional para recordar que la salud pública debe garantizar, por sobre todas las cosas, la dignidad y el resguardo absoluto de la vida desde su primer latido.

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