La Policía clausuró siete fiestas clandestinas en Salta en lo que va de octubre
Los operativos se repartieron entre la Capital y localidades del interior, con menores de edad, venta de alcohol y cobro de entradas entre las irregularidades detectadas.

La Policía de Salta clausuró siete fiestas clandestinas en distintos puntos de la provincia durante los primeros 17 días de octubre, según un parte difundido por la fuerza y recogido por El Tribuno. Los operativos combinaron barrios de la Capital con localidades del interior y uno de los puntos que se repitió fue la presencia de menores de edad en eventos sin habilitación.
En la ciudad de Salta, las intervenciones se concentraron en los barrios Juan Manuel de Rosas y Libertad. En este último, en la zona sur de la Capital, la policía encontró menores en un evento que no tenía las habilitaciones correspondientes. En otro punto de la Capital se clausuró una fiesta con más de 100 personas que, además, cobraba entrada para ingresar.
El resto de los procedimientos se hizo en el interior provincial: Nazareno y San Ramón de la Nueva Orán, en el norte, y los barrios San Antonio de La Viña, General Güemes de Orán y 350 Viviendas de Tartagal. En este último barrio tartagalense la policía dio con una fiesta de más de 100 asistentes, en su mayoría menores. En La Viña, la reunión controlada tenía más de 50 personas y consumo de bebidas alcohólicas. En Orán, a la presencia de menores se sumaron el cobro de entradas y el secuestro de un parlante, mientras que allí mismo y en Nazareno los uniformados reportaron música a alto volumen y venta de alcohol en medio de una concurrencia numerosa.
Después de cada intervención, la policía dispuso el desalojo de los asistentes y labró actas de infracción contra quienes aparecían como responsables de organizar los encuentros. Las actuaciones pasaron a las fiscalías correspondientes y a la Unidad Fiscal Contravencional.
Qué dice la ley
Estos episodios quedan encuadrados en el Código Contravencional de la provincia, previsto en la Ley Provincial 7.135. Su artículo 124 sanciona a quien organice un baile público sin autorización municipal o policial, a quien deje ingresar o permanecer a menores de 18 años fuera del horario permitido, y a quien admita o les venda alcohol a personas en estado de ebriedad. El artículo 125, por su parte, fija como sanción la clausura del local, con penas de hasta 20 días de arresto o sanciones sustitutas.
La misma ley aclara, en su artículo 126, que un encuentro se considera baile público —y por lo tanto queda sujeto a esos controles— cuando persigue algún fin de lucro, ya sea por el cobro de entradas, de consumiciones o de cualquier otra forma de ganancia. Por eso, que una fiesta se organice en una casa particular no la exime de la normativa: lo que define si hay infracción son las condiciones del evento, sus accesos y si se cumplieron los permisos exigidos.
Los siete casos relevados en lo que va de octubre no se limitaron a la Capital, sino que se repartieron también por distintas localidades del interior salteño, y las actuaciones iniciadas seguirán su curso ante las autoridades competentes.
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