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Nueva Era Laboral: Los cambios claves en la Ley de Bases

La reforma laboral, impulsada por el Gobierno y aprobada en la Cámara de Diputados, introduce varios cambios en la Ley de Bases. Entre los más destacados: se eliminó el artículo 98 que establecía penas de prisión para quienes bloqueen empresas. No se votó ningún artículo que sancionara los bloqueos

Por Salta News
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nueva era laboral los cambios claves en la ley de bases

La reforma laboral, impulsada por el Gobierno y aprobada en la Cámara de Diputados, introduce varios cambios en la Ley de Bases. Entre los más destacados: se eliminó el artículo 98 que establecía penas de prisión para quienes bloqueen empresas. No se votó ningún artículo que sancionara los bloqueos sindicales.

Se excluyeron varios artículos de la reforma laboral, incluyendo los que tratan sobre las cuotas solidarias, la ultraactividad de los convenios colectivos, la reglamentación del derecho de huelga en servicios esenciales como la educación, y cambios en el régimen del teletrabajo.

Se eliminó la penalización de las asambleas de trabajadores que terminan en medidas de fuerza encubiertas. También se eliminó un artículo que cuestionaba dos puntos clave de la Ley de Contrato de Trabajo: el principio de que en caso de duda se debe aplicar la norma más favorable al trabajador y la irrenunciabilidad, es decir, la posibilidad de que los empleados renuncien voluntariamente a derechos adquiridos.

La Ley Bases propone la modificación de las multas por trabajo no registrado o mal registrado, la reducción del período de prueba de los trabajadores de 8 a 6 meses (ampliable hasta 8 meses en empresas de 6 a 100 trabajadores, y hasta 1 año en empresas de hasta 5 trabajadores), y la habilitación para que empresarios y sindicalistas acuerden una nueva indemnización basada en el Fondo de Cese Laboral de la UOCRA.

Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin importar si fueron contratados para prestar servicios a terceras empresas. La empresa usuaria será responsable solidaria por las obligaciones laborales y de la seguridad social respecto de los trabajadores proporcionados.

La licencia por maternidad podrá iniciarse hasta 10 días antes de la fecha del parto. Queda prohibido el trabajo del personal femenino o persona gestante durante los 45 días anteriores al parto y hasta 45 días después del mismo. Sin embargo, la persona interesada podrá optar por reducir la licencia anterior al parto, que no podrá ser inferior a diez días.

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