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El “Señor Tabaco” deberá pagar: la Corte Suprema ordena abonar el impuesto interno fijado por ley

El tribunal revocó un fallo que había declarado inconstitucional el tributo interno mínimo. De esta forma, queda firme la obligación de todas las compañías del sector —incluida Sarandí— de abonar ese piso impositivo En una decisión que pone fin a una larga batalla judicial entre Tabacalera Sarandí y

Por Salta News
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el senor tabaco debera pagar la corte suprema ordena abonar el impuesto interno fijado por ley
El tribunal revocó un fallo que había declarado inconstitucional el tributo interno mínimo. De esta forma, queda firme la obligación de todas las compañías del sector —incluida Sarandí— de abonar ese piso impositivo

En una decisión que pone fin a una larga batalla judicial entre Tabacalera Sarandí y el Estado por el impuesto interno al tabaco, la Corte Suprema revocó un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había declarado inconstitucional el impuesto interno mínimo que fija la ley 27.430 para productos de tabaco. Con esta decisión, el máximo tribunal dejó firme la obligación de todas las empresas tabacaleras —incluida Tabacalera Sarandí— de abonar ese piso impositivo.

El fallo del tribunal se inscribe en un contexto donde la política fiscal busca reducir el consumo de cigarrillos y proteger la salud pública.

La disputa comenzó cuando la empresa Sarandí, cuyo presidente es Pablo Otero, conocido como el «Señor del Tabaco», cuestionó los artículos de la ley que establecen un monto mínimo para el tributo, argumentando que la medida afectaba de manera desproporcionada a sus productos más baratos y «ultrabaratos», encareciéndolos frente a las marcas premium y, según su argumento, poniendo en riesgo su viabilidad comercial.

La empresa, que comercializa marcas como Red Point, West, Master y Kiel, litigaba desde hace años contra una reforma impositiva dispuesta durante el gobierno de Mauricio Macri que elevó en un 70% los impuestos internos al tabaco. La compañía argumentó que dicho aumento encareció sus productos y la dejó en desventaja frente a las multinacionales.

En 2022, la Cámara le dio la razón a Tabacalera Sarandí y declaró inconstitucional la norma, al considerar que generaba un trato desigual y favorecía a la competencia. Sin embargo, la AFIP y la tabacalera Massalin Particulares apelaron ante la Corte.

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