La nueva reglamentación ajusta automáticamente los montos según la inflación mayorista para empresas de energía, agua y saneamiento.
El Ente Regulador de los Servicios Públicos de Salta aprobó una nueva reglamentación que actualiza el esquema de multas aplicable a empresas prestatarias de energía eléctrica, agua potable y saneamiento en la provincia.
A través de la Resolución Nº 841/2026, el organismo dispuso un mecanismo de actualización semestral de las sanciones económicas tomando como referencia el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).
Con la nueva metodología, las multas previstas en la Ley 6.835 —modificada posteriormente por la Ley 8.370— tendrán un valor mínimo de $79.110 y un máximo que alcanzará los $791.099.791.
Desde el organismo explicaron que el objetivo es evitar que el proceso inflacionario reduzca el impacto real de las penalidades y debilite la capacidad sancionatoria frente a incumplimientos de las empresas reguladas.
La resolución establece una fórmula automática de actualización que recalculará periódicamente los montos en función de la evolución del índice mayorista entre semestres.
Según argumentó el ENRESP, el nuevo esquema busca garantizar que las sanciones mantengan un carácter disuasivo efectivo y no pierdan proporcionalidad por la depreciación monetaria.
Además, remarcaron que la actualización permitirá aplicar criterios de mayor equidad y consistencia en los procesos sancionatorios vinculados a servicios esenciales en la provincia.




