La exmandataria fue autorizada pero deberá actuar con prudencia para no afectar la convivencia con sus vecinos
El Tribunal Oral Federal N°2 aclaró que la expresidente Cristina Fernández de Kirchner, actualmente bajo prisión domiciliaria, no tiene restringido el uso del balcón de su vivienda en el barrio de Constitución, siempre que su conducta no altere la convivencia vecinal ni la tranquilidad del entorno.
La resolución surge luego de que la defensa solicitara una aclaración sobre las condiciones impuestas en el fallo del 17 de junio, donde se establecía que la condenada debía abstenerse de realizar actos que perturben a los vecinos. La duda giraba en torno a si esa cláusula implicaba una prohibición expresa de salir al balcón.
En su respuesta, el tribunal sostuvo que la norma no presenta ambigüedades y que no prohíbe el uso de ningún sector específico del inmueble. No obstante, indicaron que se espera que la imputada actúe con prudencia y sentido común para evitar situaciones que puedan interpretarse como alteraciones al orden en el vecindario.
Con esta aclaración, el tribunal resolvió la solicitud sin introducir modificaciones en las condiciones vigentes de la prisión domiciliaria. Además, se incorporaron informes técnicos vinculados al monitoreo electrónico dispuesto por el Ministerio de Seguridad.




