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Veda electoral en Salta: qué se puede y qué no se puede hacer antes de votar

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Con la cuenta regresiva rumbo a las elecciones de este 26 de octubre, Salta ingresa en período de veda electoral, un conjunto de restricciones destinadas a preservar la transparencia del proceso y garantizar la tranquilidad pública durante la votación.

De acuerdo con el artículo 71 del Código Electoral Nacional (Ley 19.945), desde 48 horas antes de la apertura de los comicios y hasta su cierre está prohibido realizar actos públicos de campaña, así como publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Durante la jornada del domingo, los electores no podrán portar armas ni exhibir banderas, insignias o distintivos partidarios. También está vedado tomar fotografías de la Boleta Única dentro del cuarto oscuro, medida que busca resguardar el carácter secreto del voto.

Además, la norma establece la suspensión de espectáculos públicos, fiestas y reuniones no vinculadas al acto electoral, junto con la prohibición de vender bebidas alcohólicas desde la medianoche anterior hasta tres horas después del cierre de los comicios.

Los locales partidarios deberán permanecer cerrados dentro de un radio de 80 metros de las mesas de votación, y no podrán instalarse mesas de consulta o propaganda cerca de esos espacios.

Por último, el inciso h del artículo 71 impide la difusión de proyecciones, encuestas o resultados hasta las 21 horas del domingo, momento en que la autoridad electoral habilita la publicación de los primeros datos oficiales.

El incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones puede derivar en multas o sanciones para personas físicas y jurídicas, según lo previsto en los artículos 128 bis y 128 ter del mismo Código.