La Secretaría de Minería estableció un nuevo valor anual por hectárea para explotaciones ubicadas en terrenos fiscales. La medida regirá desde enero de 2026.
El Gobierno de Salta dispuso una actualización del valor de la cuota fija anual que deben abonar las canteras de minerales de tercera categoría emplazadas en terrenos fiscales. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución Nº 176 de la Secretaría de Minería, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Según la normativa, a partir del 1 de enero de 2026 el monto de la cuota fija será de $65.320 por hectárea o fracción, y alcanzará a todas las sustancias comprendidas dentro de la tercera categoría de minerales en la provincia.
La resolución se sustenta en la necesidad de adecuar los valores a la realidad económica actual y en las atribuciones que otorga el Código de Minería de la Nación, que clasifica como minerales de tercera categoría a aquellas producciones de naturaleza pétrea o terrosa, utilizadas principalmente en la construcción y en usos ornamentales.
Desde el organismo minero recordaron que los contratos de concesión contemplan expresamente la posibilidad de modificar la cuota fija durante su vigencia. El último ajuste había sido dispuesto mediante la Resolución Nº 134/24, que habilitó la aplicación de actualizaciones periódicas.
En ese marco, la nueva normativa establece que el valor de la cuota podrá ser revisado nuevamente mediante acto administrativo fundado de la Autoridad de Aplicación, conforme a lo previsto en el artículo segundo de la resolución.
Finalmente, se indicó que los fondos recaudados deberán ser depositados en la cuenta del Fondo Especial de Promoción Minera, abierta en el Banco Macro Bansud S.A., con el objetivo de fortalecer el desarrollo, la regulación y el control de la actividad minera en la provincia.




