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Crimen del Tipal: peritos del Poder Judicial dijeron que Figueroa tuvo un “disparador emocional” previo al ataque

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Este miércoles también declararon dos licenciadas en Trabajo Social que elaboraron un informe socioambiental de la pareja.

Dos psicólogos del Poder Judicial, que tuvieron a su cargo la realización de un informe sobre el imputado José Figueroa, concluyeron que es una persona en uso de sus facultades, con capacidad reflexiva y que, a nivel emocional, ejerce un intenso control sobre ellas. Esto en el marco de la audiencia de juicio por el presunto femicidio de Mercedes Kvedaras llevada a cabo este miércoles.

Los peritos señalaron además que Figueroa tiende a negar y evadir las situaciones problemáticas, ya que estas le generan tensión interna. Del abordaje realizado infirieron que, ante determinadas situaciones que movilizan aspectos de su vida anímica y lo trastocan internamente, se pueden generar comportamientos impulsivos y agresivos.

Según reconstruyeron los psicólogos, Figueroa relató que el día previo al crimen atravesaba un estado de angustia, en el contexto de una inminente separación. En relación a la mañana del hecho, indicaron que la discusión se desató por una situación vinculada a una presunta infidelidad.

En ese marco, Mercedes Kvedaras le expresó que estaba “harta” y que “en algún lugar tenía que pasarla bien”. De acuerdo con el relato, esa frase funcionó como “disparador” de emoción en Figueroa. Él les contó que “se nubló” ante esos dichos y se abalanzó sobre ella, para luego advertir que Mercedes ya se encontraba sin vida. A partir de ese planteo, los peritos señalaron que en ese episodio “se puso en primer plano la emoción y en segundo plano el pensamiento racional”, y caracterizaron la reacción como “súbita, transitoria e intensa”.

Consultados por la fiscalía sobre si esa situación podía haber operado como disparador de la conducta violenta, uno de los psicólogos respondió en esos términos. Sin embargo, al ser interrogados sobre la existencia de voluntad concreta en ese accionar, aclararon, que según su ciencia, no pueden determinarlo desde el punto de vista técnico.

En ese mismo sentido, afirmaron que sus inferencias no implican en ningún caso una eximición de responsabilidad sobre el imputado, ya que su intervención se limita al análisis del funcionamiento psíquico y no a la valoración jurídica de los hechos. Señalaron que no hay una inexistencia de conciencia.