El máximo tribunal provincial consideró que las declaraciones del exdiputado estaban protegidas por la inmunidad parlamentaria y no merecían sanción penal.
La Corte de Justicia de Salta revocó la condena impuesta al periodista y exdiputado nacional Martín Grande, quien había sido condenado por injurias hacia la fiscal Verónica Simesen de Bielke. El tribunal falló a favor del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Grande, subrayando que las declaraciones del exlegislador fueron hechas en el ejercicio de sus funciones como representante del pueblo, y se referían a su labor como funcionaria pública en causas de gran repercusión social.
El máximo tribunal provincial aclaró que, de acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Nacional, la inmunidad de opinión debe ser interpretada de manera amplia, ya que tiene como fin proteger la libertad de expresión de los legisladores, garantizar la supervisión institucional y permitir el derecho de la ciudadanía a ser informada.
En su fallo, la Corte también criticó al tribunal inferior por no haber considerado adecuadamente el contexto en el que se realizaron las declaraciones de Grande ni las disculpas públicas que el exdiputado ofreció en dos ocasiones: una a través de su cuenta de Twitter el mismo día de los comentarios, y otra en un editorial radial en mayo de 2021, donde rectificó sus palabras y aclaró sus intenciones.
Además, el tribunal provincial destacó que no es necesario que una retractación sea formalmente estructurada para que cumpla con los requisitos legales de excusa absolutoria. En consecuencia, la Corte ordenó que el expediente sea devuelto a la Sala del Tribunal de Impugnación para un nuevo fallo que se ajuste a los principios constitucionales.
Este fallo reafirma la importancia de la inmunidad parlamentaria como un pilar clave para la protección de la crítica política y la libertad de expresión en el sistema democrático.




