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La Corte Suprema ratificó la condena al exintendente de Aguaray por el robo de caños del gasoducto GNEA

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Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró “inadmisible” el recurso presentado por la defensa, en virtud del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, lo que confirma la condena impuesta por la justicia federal salteña.

Una maniobra con resolución falsa

Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2019 y abril de 2020, cuando Prado, mediante una resolución municipal falsa (N.º 1215), intentó dar apariencia legal al retiro de los caños, que estaban bajo custodia en la finca Ñacatimbay. La maniobra fue detectada por el administrador del predio, lo que obligó a trasladar las operaciones a otros puntos: 67 caños fueron sustraídos en el paraje Tonono y 161 en El Desemboque, con el apoyo del empresario Adrián Vera.

Los elementos robados eran propiedad del Estado Nacional y estaban destinados a la construcción del GNEA, un proyecto estratégico gestionado por ENARSA (hoy IEASA) para proveer gas natural desde Bolivia a más de 1,7 millones de habitantes del norte argentino.

Condenas firmes

En diciembre de 2021, el Tribunal Oral de Juicio N°2 de Salta dictó las siguientes penas:

  • Jorge Enrique Prado: 6 años y 6 meses de prisión
  • Adrián Vera: 6 años y 8 meses
  • Diego Andrés Alos: 6 años y 3 meses

Las condenas fueron ratificadas en 2022 por la Cámara Federal de Casación Penal, y ahora quedaron definitivamente firmes tras el rechazo del máximo tribunal.